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=== Nueva modificación ===
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Revisión del 11:48 30 abr 2016

Hora legal de Venezuela (HLV)
9:58 AM
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La Hora Legal de Venezuela (HLV) es un servicio oficial del Estado venezolano que establece la hora local del país administrado por el Servicio de Hidrografía y Navegación, cuya sede se encuentra en el Observatorio Naval Cagigal, Caracas.[1]

Historia

El servicio de hora legal fue fundamentado en la necesidad de definir un Patrón Horario que rigiera la medida del tiempo de en Venezuela, localizado aproximadamente entre los meridianos 60º y 75º, correspondientes al Tiempo Universal Coordinado UTC-4 (oriente) y UTC-5 (occidente) respectivamente con respecto al meridiano 0º GMT. De esta forma, el 12 de febrero de 1912 fue promulgado un decreto en la Gaceta Oficial N° 11.537 estableciendo la Hora Legal de Venezuela, adoptado el meridiano de Villa de Cura (longitud 67° 30' W) como primera referencia geográfica para un sistema horario nacional. La HLV comienza a suministrar a la Oficina Central de Telégrafos Nacionales las determinaciones astronómicas de la hora local, correspondiendo entonces el horario local con el GMT-4:30. Ya en 1930, servicios de radiodifusión transmitían la hora sincronizando con el servicio HLV.

Siendo que el servicio de Hora Legal de Venezuela no cumplía las disposiciones internacionales para el establecimiento de sistemas horarios con diferencias enteras con respecto a GMT, el entonces Congreso de la República aprobó la Ley de Medidas y Su Aplicación el 9 de diciembre de 1964, cuyo Artículo 27 estableció como meridiano oficial al de longitud geográfica 60º W (hora de oriente), cercano a la localidad de Punta de Playa en el estado Delta Amacuro, lo que significó sumar 30 minutos al tiempo de referencia anterior (la otra opción que existía para el momento, el Meridiano 75°, fue rechazada de plano, pues el mismo no pasa por ninguna ciudad o población venezolana [2]​).

Artículo 27.— La hora legal en todo el territorio nacional a partir del día 1° de enero de 1965, a las 0 horas será la equivalente a la del meridiano de Greenwich disminuída en cuatro horas.[3]

Desde entonces, rigió en Venezuela el tiempo UTC-4:00.[4]​ Esta modificación se hizo fundamentada en un estudio realizado por la Electricidad de Caracas [cita requerida] en la que se explicaba el ahorro energético que significaba sumar esos 30 minutos al horario anterior: al levantarse más temprano se aprovechaba mejor la luz solar por la mañana (este es el motivo por el que se habla en los países de las zonas templadas de horario de verano) y, por el contrario, se disponía de media hora adicional de Sol por la tarde sin necesidad de utilizar el alumbrado público.

La Hora Legal de Venezuela fue dictada por el Servicio Nacional de Metrología Legal desde 1964 hasta 1980, y por el Servicio Nacional de Metrología desde 1980 hasta 2007.

HLV vigente

En noviembre de 2007, el presidente Hugo Chávez, según Decreto Nº 5.693 con Rango Valor y Fuerza de Ley, reformó el único artículo del capítulo III de la Ley de Metrología con el objeto de adoptar el huso horario UTC−04:30, que corresponde al meridiano 67º 30’ de Villa de Cura (hora solar del centro del país), volviendo al tiempo de referencia usado anteriormente desde 1912 hasta 1965.

Artículo 18. La hora legal en el territorio nacional es la equivalente a la del Meridiano de Greenwich, disminuida en cuatro horas y treinta minutos.

Esto implicó restar treinta (30) minutos a la hora legal a partir del 9 de diciembre de 2007.[5]​ En consecuencia, el servicio HLV vigente se corresponde con el UTC-4:30.[6]

Nueva modificación

Con motivo de la crisis energética, el 14 de abril de 2016 el presidente Nicolás Maduro anunció que la hora legal pasaría nuevamente a calcularse según el huso horario UTC−04:00 a partir del 1 de mayo ese mismo año. La modificación fue oficializada el 18 de abril en Gaceta Oficial:

Artículo 1º. Se modifica la hora legal en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, la cual pasará a ser la equivalente a la del tiempo universal coordinado, disminuida en cuatro horas (UTC -4), en los términos indicados en el presente Decreto.[7]

Véase también

Referencias

  1. Observatorio Cajigal. «Servicio de Hora Legal». Consultado el 30 de agosto de 2009. «Servicio de Hora Legal de Venezuela». 
  2. Jesús A. Guerrero Ordáz (Asociación Larense de Astronomía, ALDA). «"Huso horario Venezuela"». 
  3. Procuraduría General de la República (Documentos). «"Gaceta Oficial N° 27.619"». 
  4. Servicio de Hidrografía y Navegación. «Hora Legal de Venezuela». Consultado el 2 de abril de 2014. 
  5. Procuraduría General de la República (Documentos). «"Gaceta Oficial N° 38.819"». 
  6. Radio Nacional de Venezuela. «Venezuela tendrá nuevo huso horario a partir de enero de 2008». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de agosto de 2009. «Información del cambio de horario de 2008 publicado por prensa oficial de Venezuela». 
  7. «"Gaceta Oficial N° 6.224 Extraordinario"». 

Enlaces externos